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eBay retira los anuncios de venta de votos PDF Imprimir E-Mail
Wednesday, 20 de February de 2008

ImageEl departamento de vigilancia de ebay ha retirado los anuncios de este tipo que habían aparecido en la web desde el sábado y hará lo propio con los que encuentre hasta las elecciones.

El 75% de los productos "no permitidos" son detectados por el sistema de control de eBay, según fuentes del portal citadas por varios medios de comunicación. Sin embargo, la venta de papeletas electorales había conseguido hasta ahora saltarse esta vigilancia.

La 'venta de votos' al mejor postor se justificaba por la igualdad que vaticinan los sondeos de cara a los comicios. A primera hora del lunes, hasta cinco personas ofrecían su papeleta en dicha página web. "Pongo a subasta mi voto en total libertad y conocimiento de lo que significa este hecho. Total confidencialidad y anonimato al ganador del voto", afirmaba uno de esos internautas, de Arucas, en Las Palamas de Gran Canaria, que había logrado hasta este martes 17 pujas, la máxima de ellas por 64,5 euros.

Otras dos de las personas que ofrecían su voto eran de Cádiz, uno del Puerto de Santa María y otro de la capital, quien recibió una puja, por el importe más elevado: 100 euros.

También sacaron a subasta su voto un habitante de la localidad asturiana de Mieres, por el que se llegaron a ofrecer 10,60 euros, y otro de la coruñesa de Culleredo. Este último aseguraba incluso que aportaría como garantía de que cumplía con su parte del trato un vídeo metiendo la papeleta correspondiente en el sobre y luego este en la urna.

Sin embargo, este tipo de prácticas pueden constituir un delito, según fuentes jurídicas, ya que el artículo 146,1 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) establece una pena de arresto mayor y multa de 180 euros a 1.800 euros para "quienes por medio de recompensas, dádivas, remuneraciones o promesas de las mismas, soliciten directa o indirectamente el voto de algún elector, o le induzcan a la abstención".

También pueden ser acusados de delito electoral aquellos que han sacado a subasta su voto, e incluso los responsables de su difusión, como recoge el Código Penal. El artículo 18 equipara la "provocación al delito" con la "inducción" al mismo y lo aplica a quien incite "por medio de la imprenta, la radiodifusión o cualquier otro medio de eficacia semejante, que facilite la publicidad o la concurrencia de personas a las perpetración de un delito".

Fuente: laflecha.net

 

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